¿Qué es exactamente la patria potestad? Se trata del conjunto de deberes y de derechos que corresponden a los padres en relación con los hijos menores de edad y con los que no estén emancipados.
La llamada patria potestad es obligatoria, personal e intransferible, el padre y la madre son los que tienen la patria potestad, a no ser que la ley les privara de ella por alguna razón.
El ejercicio de la patria potestad no puede ser atribuido, modificado, regulado ni extinguido por la propia voluntad privada, así que se dice que es indisponible.
Ante un divorcio de mutuo acuerdo en el que no hay problemas entre la pareja lo habitual es que ambos progenitores tenga la patria potestad.
En cambio en los divorcios contenciosos puede ocurrir que uno de los miembros solicite que se le retire al otro la patria potestad, ante esa situación se dejará el caso en manos de un juez. El juez tras escuchar a los dos progenitores y al o a los hijos tomará una decisión.
Éste podrá atribuir la patria total o parcialmente a uno de los padres, si considera que el otro no está capacitado para ello.
Si solo uno de los dos tiene la patria potestad el otro igual tendrá derecho como progenitor no custodio al correspondiente régimen de visitas y seguirá contribuyendo con la pensión de alimentos.
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